El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) expresa su preocupación por la Resolución General 26/2026, dictada el 12 de junio por el Fiscal General de la Corte de Justicia de San Juan, Guillermo Baigorri, que establece restricciones al contacto entre los integrantes del Ministerio Público Fiscal y los medios de comunicación, bajo apercibimiento de sanciones de carácter administrativo, disciplinario, civil o penal.
La resolución, que crea un Protocolo de Actuación para el manejo de información pública, dispone que los fiscales y funcionarios deberán abstenerse de brindar información no autorizada a la prensa, desaconseja el contacto personal con periodistas sobre causas en trámite y centraliza la difusión de información en una Oficina de Comunicaciones cuya publicación requiere autorización previa de la autoridad competente. El incumplimiento de estas disposiciones habilita sanciones institucionales, administrativas, disciplinarias y judiciales.
Si bien la gestión de la comunicación institucional puede requerir ordenamiento interno, cuando ese ordenamiento se traduce en restricciones coercitivas al contacto entre funcionarios públicos y periodistas -respaldadas por amenazas de sanción-, el resultado es el desaliento del vínculo legítimo entre fuentes de interés público y quienes tienen por función informar a la ciudadanía.
El vínculo entre periodistas y fuentes vinculadas al sistema judicial es saludable y se inscribe en la exigencia constitucional de publicidad de los actos de gobierno. Interpretar ese intercambio como una falta susceptible de sanción implica un preocupante desconocimiento de los principios republicanos que garantizan el acceso a la información de interés público. Los fiscales son titulares de la acción penal pública, actúan en nombre de la sociedad y ante ella deben responder.
Además, el sistema acusatorio que rige en la provincia de San Juan está estructurado sobre el principio de publicidad y transparencia del proceso penal. Toda regulación comunicacional que opere en sentido contrario a ese principio contradice la lógica del propio sistema.
FOPEA reafirma que la libertad de prensa y el acceso a la información constituyen pilares fundamentales del sistema democrático, y que el contacto entre periodistas y funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones no puede ser objeto de prohibición ni de amenaza de sanción. Por ese motivo, insta a las autoridades del Poder Judicial de San Juan a revisar el alcance de esta resolución en lo que hace al ejercicio legítimo del periodismo y la libertad de expresión.