Con Comunicado

16.04.2025

La Rioja

FOPEA rechaza la demanda penal presentada contra de la periodista Nadia Araya (La Rioja)

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) rechaza la demanda penal presentada contra de la periodista Nadia Araya (La Rioja) y recuerda que la criminalización de la prensa sólo persigue el objetivo de restringir la libertad de expresión y de silenciar voces.
En enero de 2024, la colega subió en su fanpage una información que refería a un presunto caso de abuso sexual en el que habrían estado involucradas cuatro personas. Más allá de esa publicación, sin nombres ni imputaciones específicas, Araya no volvió a referirse más a ese caso. La semana pasada, sin embargo, fue notificada de una querella por calumnias e injurias presentada por dos ciudadanos (León Agustín Herrera y Valentín Herrera) que aducen haberse sentido aludidos por un mensaje que la denunciada envió en un grupo de 350 periodistas locales en febrero de 2024. Cabe consignar que la abogada de los Herrera es su madre y titular de la Unidad Ejecutora contra Ciberdelincuencia, Silvina Santángelo Carrizo. Además, es hermana de la secretaria de Comunicación y Planificación del Gobierno de La Rioja, Luz Santángelo.
En 2009 y tras ajustarse a los criterios del fallo Kimel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Congreso de la Nación despenalizó los delitos de calumnias e injurias para temas de interés público. En tal sentido la Ley Nº 26.551 de 2009 estableció que “en ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas” (artículo 109 del Código Penal), y que “en ningún caso configurarán delito de injurias las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público” (artículo 110 del Código Penal). De esta manera, por más discutibles que puedan ser las expresiones vertidas, las acciones judiciales para limitar o penalizar la libertad de expresión no pueden ser toleradas en el ordenamiento jurídico argentino.
Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado en forma constante las amenazas penales y ha advertido que constituyen un fuerte incentivo a la autocensura.
FOPEA insta a la Justicia riojana a que, de no ser retirada la demanda, la rechace basándose en los principios de libertad de expresión consagrados en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales a los que la Argentina suscribió.

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