Con Comunicado

07.10.2026

Santa Cruz

FOPEA considera inconstitucional, abusiva, intimidante y violatoria de la libertad de expresión la embestida de cartas documento de un sindicato contra la periodista Marina Pacheco (Santa Cruz)

El Foro de Periodismo Argentino –FOPEA- considera inconstitucional, abusiva, intimidante y violatoria de la libertad de expresión y de prensa la embestida de cartas documento enviadas por un abogado del Sindicato de Trabajadores de la Industrias de la Alimentación contra la periodista Marina Pacheco, especializada en temas portuarios y pesqueros, del medio Mar y Pesca, con sede en Puerto Deseado, provincia de Santa Cruz.
La colega recibió dos cartas documento enviadas por el abogado Fabricio Carbone Miele, quien se presenta en esas comunicaciones como “actual y único asesor legal” del Sindicato de Trabajadores de Industrias de la Alimentación (STIA), delegación Puerto Deseado.
La primera carta documento tiene su origen en una visita que Pacheco realizó a la sede sindical, donde se entrevistó con David Neira, integrante o colaborador del gremio, en el marco de un trabajo periodístico de investigación vinculado con despidos y presuntos manejos entre representantes sindicales y una empresa pesquera que opera en la localidad. Durante ese encuentro, la periodista mantuvo una conversación con Neira en carácter de fuente para su investigación. Sin embargo, Carbone Miele sostiene en la carta documento que, durante ese diálogo, Pacheco habría realizado comentarios que lo involucraban directamente en supuestos “arreglos” y actuaciones clandestinas relacionadas con trabajadores despedidos.
Pacheco no habló con el abogado, quien no estaba en la sede gremial durante su visita, ni tampoco publicó nada al respecto, negando además haber manifestado las afirmaciones que la carta documento le atribuye.
Carbone Miele intimó a Pacheco a ratificar o rectificar los supuestos dichos en un plazo de 48 horas, y le exigió “cesar y abstenerse” de reiterar, reproducir, transmitir, publicar o difundir por cualquier medio esas imputaciones o cualquier afirmación equivalente.
FOPEA considera esta intimación constitutiva de censura previa, una conducta especialmente vedada por la Constitución Nacional y los tratados internacionales, puesto que busca impedir anticipadamente la difusión de determinada información bajo advertencia de eventuales acciones civiles y penales.
Posteriormente, en septiembre, Pacheco recibió una segunda carta documento del mismo abogado. Allí, Carbone Miele sostuvo que había vencido el plazo de 48 horas sin que la periodista hubiera formulado respuesta, ratificación o rectificación, por lo que dio por “agotada la instancia extrajudicial”. El abogado reiteró la intimación a “cesar y abstenerse” de reproducir, transmitir, publicar o difundir las imputaciones cuestionadas, mantuvo la reserva de iniciar acciones civiles y penales y dio por cerrado el intercambio epistolar.
La legislación nacional ampara no sólo la libertad de expresar ideas y opiniones sino, especialmente, de realizar una investigación periodística sobre temas de interés público con protección del derecho a mantener en reserva las fuentes de información. Además, como ya fue dicho, prohíbe la censura previa y solo prevé para publicaciones periodísticas acciones posteriores, con las limitaciones previstas en las leyes y en la jurisprudencia hoy vigente.
FOPEA se solidariza con la colega Marina Pacheco, insta al abogado Carbone Miele a abstenerse de accionar contra el marco jurídico que protege a la libertad de expresión y a las autoridades judiciales de Santa Cruz a dar garantías para el normal ejercicio de la labor de informar. Las leyes que amparan al periodismo y en especial a la investigación sobre temas de interés público no son un privilegio sectorial sino que han sido adoptadas para hacer posible que la comunidad reciba información completa, veraz y oportuna sobre los temas que le atañen.

Más casos registrados

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp